Definición de patria potestad.
Del latín patrios relativo a padre y potestads dominio. puede definirse como un Conjunto de derechos y obligaciones que la naturaleza y la ley acuerdan a los padres en relación con sus hijos, respecto de la persona y de los bienes de sus hijos hasta la mayoría de edad o la emancipación de los mismos.
Puig Peña dice que es la institución jurídica por la cual los padres asumen la dirección y asistencia de sus hijos menores en la medida que reclamen las necesidades de estos. Estas han quedado enmarcadas en un conjunto de preceptos normativos que tienen una señalada y acusada naturaleza de orden público en razón de la debida protección que necesitan y merecen las personas que no pueden valerse por sí mismas especialmente los hijos menores de edad.
Su origen viene del latín patrios, relativo al padre y potestad, dominio autoridad. Quien ejerce la patria potestad tiene la obligación de cuidar, sostener, educar, corregir y tiene la responsabilidad de representar legalmente al menor y administrar sus bienes.
En el caso de matrimonio o unión de hecho en que la patria potestad la ejerce el padre y la madre, la representación del menor e incapacitado y la administración de sus bienes la tendrán ambos.