Duración de la patria potestad
En el matrimonio y fuera de él. La patria potestad se ejerce sobre los hijos menores, conjuntamente por el padre y la madre en el matrimonio y en la unión de hecho; y por el padre o la madre, en cuyo poder este el hijo, en cualquier otro caso.
Los hijos mayores de edad permanecer bajo la patria potestad solamente que hayan sido declarados en estado de interdicción.
Artículo 252 del código civil.