La acción revocatoria prescribe en un año contado desde la celebración del negocio o desde la fecha en que se verifico el pago o se hizo la renuncia del derecho. Art. 1300 cc.
Interés de los acreedores. Todo acreedor cuyo crédito no tiene garantía real está interesado en que ingresen nuevos bien…
1. Enajenación de bienes que el deudor efectivamente posee. Art. 1293 cc 2. Renuncia de derechos constituidos a su…
Pueden ejercitar la acción revocatoria únicamente los acreedores cuyos créditos (acredurias) fueren anteriores al acto o…
La acción cambiaria contra el librador, sus avalistas y demás signatarios, caduca por no haber sido protestado el cheque…
La acción cambiaria del último tenedor del título caduca: 1 Por no haber sido presentado el título en el tiempo para su …
1 La acción cambiaria directa prescribe en 3 anos art. 626 códigos de comercio. 2 La acción cambiaria de regreso del últ…
Una vez firme la sentencia que declara con lugar la acción revocatoria se producen los efectos jurídicos siguientes: 1. …
Las acciones de impugnación o de nulidad se regirán por las disposiciones del derecho común, pero caducaran en el términ…
La acción cambiaria del último tenedor del título caduca: 1. por no haber sido presentado el titulo en el tiempo para…
En este caso, la caducidad supone la terminación de la instancia por la inactividad de las partes durante el lapso de ti…