Transcurrido el término fijado por el juez en la sentencia para que el demandado interponga su demanda, sin que se haya justificado haber interpuesto la demanda, el juez, a solicitud de parte, declarará caducado el derecho y mandará expedir certificación al actor. Si se declara caducado el derecho del actor, éste ya no puede volver a discutir el asunto que fue objeto de la jactancia. El principal efecto es la caducidad del derecho del actor, quien no puede volver a hacerlo valer.
La jactancia es aquella acción de atribuirse, fuera de juicio, una persona capaz de ser demandada, derechos propios sobr…
El artículo 226 del Código Procesal Civil y Mercantil expresa que el actor; además de cumplir con los requisitos estable…
Con el apercibimiento que hace el juez al demandado de que en caso de su incomparecencia, se tendrán por ciertos los hec…
Si el demandado comparece y niega la demanda, el juez deberá tramitar el juicio oral y con base en las pruebas producida…
La sentencia deberá declarar si se produjeron o no por el demandado las expresiones que la demanda le hubiere atribuido,…
La declaración de ausencia produce efectos patrimoniales, familiares y sociales. 1. Los efectos patrimoniales. Consisten…
1. Inscripción en los registros del estado civil 2. Respecto de los bienes: • Sus efectos se determinan por la ley del l…
1. Capacidad legal para contraer matrimonio 2. que exista hogar (o haya existido) 3. que la vida en común se haya manten…
1 Por enfermedad mental congénita o adquirida 2 Abuso de bebidas alcohólicas o de estupefacientes 3 Por sordomudez congé…
La acción revocatoria prescribe en un año contado desde la celebración del negocio o desde la fecha en que se verifico e…