El usufructo se constituye:
1. Por contrato. Ya que es un acto entre vivos y se realiza un negocio jurídico (contrato).
2. Por acto de última voluntad.se realiza por testamento y sus efectos se producen después de la muerte de una persona.
3. El acto de constitución puede ser tanto inter vivos como mortis causa, lo mismo a título gratuito que oneroso. Art. 704 CC.
1. Usufructo- el usufructo da derecho a disfrutar los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustanc…
Es aquel derecho real que recae sobre una cosa ajena y que supone las más amplias facultades de disfrute de la misma sin…
El usufructo se extingue: 1. Por muerte del usufructuario; 2. Por vencimiento del plazo por el cual se constituyó,…
Terminado el usufructo, el bien usufructuado habrá de ser entregado.
1. Es un derecho real de goce en cosa ajena. 2. Es un derecho temporal, es un derecho vitalicio de manera que qued…
El artículo 705 del código civil regula “El usufructo puede constituirse por tiempo fijo, vitalicio, permanente o bajo c…
1. Usufructuario y 2. nudo propietario En la relación jurídica que determina el nacimiento del derecho de usufruct…
Objeto del usufructo pueden ser tanto bienes como derechos y aun universalidades. 1. Bienes. Pueden ser objeto de usu…
Constituyendo la empresa un bien productivo, se puede transmitir el uso y el disfrute del mismo, conservando el comercia…
TITULO VII Reformas a la Constitución CAPITULO UNICO Reformas a la Constitución Artículo 277. Iniciativa. Tiene iniciati…