Puede definirse al delito como un acto del hombre (positivo o negativo), legalmente típico, antijurídico, culpable, imputable a un responsable, en coaciones previa determinación de condiciones objetivas de punibilidad, y a la cual se le impone una pena o una medida de seguridad.
Esta definición es del catedrático Jorge Alfonso Palacios Motta.
Es cuando comenzada la ejecución de un delito, el autor desiste voluntariamente de realizar todos los actos necesarios p…
Hay tentativa cuando con el fin de cometer un delito, se comienza su ejecución por actos exteriores, idóneos, y no se co…
El delito como la razón de ser del Derecho Penal, y como razón de la existencia de toda actividad punitiva del Estado, a…
Debido a que ha existido mucha polémica al respecto, y no se puede hablar de uniformidad debido a que la sociedad es cam…
Criterio Legalista. En un principio indicaba que el delito es lo prohibido por la ley, que es una definición muy amplia …
Se habla de dos clases de elementos: Los Positivos que conforman al delito y los Negativos que hacen que jurídicamente n…
Tanto el tiempo como el lugar de comisión del delito, guardan estrecha relación con la conducta humana delictiva del suj…
El delito se considera realizado en el momento en que se ha ejecutado la acción. En los delitos de omisión en el momento…
La plena determinación del lugar de comisión del delito juega un papel muy importante en cuanto a la delimitación de la …
El delito es consumado, cuando concurren todos los elementos de su tipificación. Si se han realizado voluntariamente tod…