1. Una vez demostrada produce los efectos del negocio jurídico encubierto siempre que su objeto sea lícito.
2. No anula el negocio jurídico cuando no tiene un fin licito ni causa perjuicio a ninguna persona.
A diferencia del negocio nulo, este si produce efectos jurídicos.
Tiene lugar cuando las partes encubren con su acto otro distinto, querido realmente por ellas. Se llama negocio disimula…
Es aquella situación en la que las personas han celebrado un negocio o contrato, pero en vez de presentarlo en la forma …
1. Consiente 2. Libre, y 3. Plena Ya que constituye un acuerdo deliberado de engañar.
1. Art. 673. Cauce de los ríos. Los cauces de los ríos que queden abandonados por variar naturalmente el curso de las…
1. el tesoro encontrado en terreno propio pertenece íntegramente al descubridor. 2. el tesoro encontrado en terreno ajen…
1. El que paga por cuenta de otro puede repetir lo que ha pagado a no ser que el pago lo haya realizado en contra de la …
1. Le confiere la condición de sujeto de derecho ya que “forma una entidad civil distinta de sus miembros individualm…
Que los acreedores personales de los socios que puedan ejercitar sus derechos sobre la participación social del deudor y…
La declaración de ausencia produce efectos patrimoniales, familiares y sociales. 1. Los efectos patrimoniales. Consisten…