Es el desapoderamiento o privación de la propiedad, por causa de utilidad pública o interés preferente, y a cambio de una indemnización previa. Aunque la constitución art. 39, garantiza la propiedad privada, existen excepciones, como la figura jurídica que se desarrolla en este punto.
Se presenta en nuestro sistema de derecho civil como el ámbito de la autodeterminación de la persona. Es la esfera propi…
Esta se destaco como la época bárbara, pues el que se sentía ofendido en sus derechos se defendía individualmente, hacié…
ACUERDO GUBERNATIVO No. 862-2000 Guatemala, 21 de diciembre de 2000 El Presidente de la República, CONSIDERANDO: Que con…
La propiedad horizontal viene determinada o condicionada por dos factores: 1. el peculiar objeto sobre el que recae:…
Todo inmueble para que pueda constituirse el régimen de propiedad horizontal debe encontrarse libre de gravámenes, limit…
Su objeto será administrar correcta y eficazmente los bienes y servicios comunes, manejar los asuntos de interés común d…
1. Elementos comunes. Se entiende como elementos comunes al suelo, cimentaciones, pisos, muros, fosos, patios, pozos,, e…
Son elementos privativos en la propiedad horizontal los pisos y locales en que quede dividido un edificio. Art. 532, 533…
El Administrador Facultades del administrador reguladas en los artículos 548 a 550 código civil. 1. Es el representan…
1. Por resolución expresa de los propietarios. Arts. 555, 556 código civil. 2. Por la destrucción del edificio. 3.…