Sin perjuicio de lo afirmado en cuanto a la libre revocabilidad del testamento, esta libertad se encuentra limitada en cuanto a un caso muy particular, como lo constituye el reconocimiento voluntario de un hijo, cuando el reconocimiento se realiza dentro de un testamento como lo que al efecto establece el artículo 212 del código civil. El reconocimiento de la paternidad no es revocable.
La tutela testamentaria se instituye por testamento, por el padre o la madre sobreviviente, para los hijos que estén baj…
En línea general, la sucesión testamentaria, tiene lugar cuando el causante de la misma en vida dispuso de sus bienes pa…
Artículo 933. Las disposiciones de este capítulo rigen para la sucesión intestada y testamentaria; pero la representació…
1. Supuestos de cotitularidad, la consolidación exige la reunión en una misma persona de la titularidad real y la tit…
1. No será obligatoria la licitación ni la cotización en las contrataciones en dependencias y entidades públicas conform…
La excepción se refiere a la avocación y a la delegación que consiste en otorgar la jerarquía administrativa de un órgan…
La excepción es, un derecho de impugnación, el derecho de impugnar el derecho de acción. Como excepción, su eficacia de …
Es la extinción de la instancia judicial y la pérdida del derecho a realizar un acto procesal determinado que se produce…
No acreditarse el carácter o representación con que se reclama o no tener aquel contra quien se reclama la representació…
Plazo no vencido o condición no cumplida.