El efecto de la rebeldía del demandado, es el de tenerlo confeso en las pretensiones del actor, y por consiguiente, la terminación del juicio mediante sentencia condenatoria. Según Manuel Ossorio, confeso es el litigante que ha admitido, ante la otra parte, algo que a él lo perjudica. En el presente caso, la rebeldía trae como consecuencia la confesión ficta del deudor, es decir que si bien el silencio opuesto a actos o a una interrogación, no se considera como manifestación de voluntad, conforme al acto o la interrogación, sí puede tener ese carácter en los casos en que haya una obligación de explicarse por la ley o por las relaciones de familia, o una causa de una relación entre el silencio actual y las declaraciones precedentes.
Dentro del procedimiento especial establecido para el juicio oral de alimentos, no se precisa un procedimiento específic…
Una de las disposiciones especiales del juicio oral de alimentos, es la que establece el artículo 215, que dice que si e…
También puede ser que la incomparecencia sea por parte del actor, y con respecto a esto, el Código no dice nada al respe…
La sentencia en el juicio oral produce los mismos efectos que la sentencia dictada en el juicio ordinario. Produce sus e…
Según el artículo 216 del Código Procesal Civil y Mercantil, el demandado, si resulta condenado, deberá ser también cond…
En el juicio oral de alimentos, y de conformidad con el artículo 214 del Código Procesal Civil y Mercantil, el actor pue…
El procedimiento para la ejecución de la sentencia está estipulado en el art. 214 Código Procesal Civil y Mercantil, est…
Si se parte de la premisa de que el sujeto principal del proceso lo constituye el acusado, entonces se puede decir que n…
Si los documentos presentados con la demanda ponen en relieve la obligación de rendir cuentas, la prevención del juez es…
(Generales: probidad, igualdad, adquisición, dispositivo, inmediación, preclusión, publicidad, apreciación de prueba –Ar…