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Los mandatos del extranjero

·         Debe de ser legalizados por el ministerio de relaciones exteriores. (se hacen los pases de ley)
·         La protocolización de ese mandato se realiza dentro del protocolo. (si vienen en español)
·         Luego se elabora el testimonio y ese se presenta al registro de poderes del archivo general de protocolos para su inscripción.
·         Arts. 37 y 38 loj