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Casos en que puede el Juez eximir el pago de las costas

1 Allanamiento: Si el demandado expresa su deseo de no litigar y de someterse a las pretensiones del actor no procede el pago de costas el allanamiento debe ser oportuno (contestar la demanda).

2 Vencimiento Recíproco: Es cuando el actor no triunfa totalmente en sus pretensiones existe vencimiento recíproco el art. 574 CPCYM establece que en este caso el Juez debe eximir de su pago.

3 Buena Fe: Es un criterio de apreciación subjetiva por parte del tribunal y parece contraponerse al criterio objetivo el Juez tiene facultades para eximir al vencido cuando haya litigado con evidente buena fe pero se hable de “evidente buena fe” lo que indica es que debe estar patente en el proceso por lo que excluye la interpretación caprichosa del Juez, por otro lado el Art. 575 CPCYM establece los casos en que no hay buena fe.

4 Diligencias Ociosas o Innnesarias: El art. 574 CPCYM establece que el juez podrá eximir del pago de costas al vencido en relación a aquellas que se hubiesen causado en diligencias innecesarias u ociosas calificadas por el juez.