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Función De La Tipicidad.

Tradicionalmente se ha aceptado en toda la doctrina dominante, que la tipicidad es un elemento positivo del delito, y como tal es obvio que su estudio se realice dentro de la teoría general del delito.

Su función estriba en que siempre ha sido requisito formal previo a la antijuricidad; también se le ha asignado otras funciones dentro de la doctrina:
Función fundamentadora: Constituye un presupuesto de ilegalidad que sirve al juzgador para conminar con una pena o una medida de seguridad.
Función sistematizadora: Debido a que relaciona formalmente la parte general con la especial del derecho penal.
Función garantizadora: Debido a que resulta del principio de legalidad, constituyéndose en una garantía de los derechos individuales del hombre, delimitando la actividad punitiva del Estado y protegiendo a la ciudadanía de los posibles abusos y arbitrariedades del poder judicial.