Personas jurídicas de derecho privado e interés publico General
Son de derecho privado pero de interés publico
Las fundaciones son entidades organizadas unilateralmente creadas, mediante la dotación de recursos económicos.
Son organizaciones de derecho privado las que surgen por iniciativa de los particulares. Su reglamentación es fijada por los particulares, su personalidad implica que actúan en el tráfico como particulares. Articulo 15 numeral 2do. Codigo Civil
Personas jurídicas de derecho privado e interés particular
Corresponden con la categoría de las llamadas sociedades.