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Plazo Y Destino del comodato

El plazo del contrato puede ser fijado expresamente por las partes o tácitamente cuando la cosa se ha prestado para un determinado servicio. (Un carro para un mes, un libro para un examen etc.) Si en el contrato no se señala plazo expresamente o tácitamente, el mismo podrá ser fijado por un juez a solicitud de parte. Art. 1283 código civil.
El destino o uso que el comodatario dará a la cosa deberá también ser fijado en el contrato pero si no fuera señalado el comodatario únicamente podrá emplearla en el uso señalado por su naturaleza. Art 1964 inciso 2do. Código civil.