1. títulos nominados o innominados o típicos y atípicos: los primeros son los que aparecen tipificados en la ley, y los segundos los creados por la costumbre.
2. Singulares y seriales: los primeros son los que se crean en forma aislada, y los segundos son los que se crean en forma masiva.
3. Principales y accesorios: los primeros valen por sí mismos, los segundos siempre están ligados a un principal. Principal es el debenture, accesorio es el cupón.
4. Abstractos y causales: los primeros son los que su causa no los persigue. Los segundos están siempre ligados a la causa que les dio origen.
5. Especulativos y de inversión: los primeros son en los cuales puede obtener una ganancia. Los segundos son los que producen una renta (intereses) al adquirente del título.
6. Públicos y privados: los primeros son los que emite el poder público, y los segundos los que emiten los particulares.
7. De pago, de participación y de representación:
Son títulos de pago aquellos cuyo beneficio para el tenedor es el pago de un valor dinerario.
Los de participación permiten intervenir en el funcionamiento de un ente colectivo.
Y los de representación son los que el derecho incorporado significa la propiedad sobre un bien no dinerario.
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