Acción Pública:
Como concepto genérico, la acción pública se define como la potestad pública que tiene el Ministerio Público, de perseguir de oficio todos los delitos de acción pública, y exigir ante los Tribunales de justicia la aplicación de la ley penal contra la persona sindicada de un hecho punible.
Acción Privada:
En este tipo de acción prevalece la voluntad del agraviado, por cuanto a éste le corresponde el derecho de poner en movimiento al órgano jurisdiccional, y el ejercicio de la persecución penal contra el imputado.
Tales elementos los regula el Código Penal, en el artículo 112 al establecer que toda persona responsable penalmente de …
1) Cuando el actor necesita dotar de certeza a aquellas relaciones jurídicas cuyos contornos aparezcan poco claros. 2) C…
Aptitud reconocida por el Ordenamiento jurídico para actuar con eficacia en el mundo de Derecho, es decir la aptitud de …
En este aspecto debe de existir la legitimidad del acto, lo que significa que la actividad realizada por el sujeto activ…
Como parte también del Libro Segundo, relativo a El Procedimiento Común, el capítulo II trata de los Obstáculos a la Per…
De conformidad con la constitución política de la república, el poder proviene del pueblo y su ejercicio está sujeto a l…
Es la facultad de ejercer nuestros derechos y cumplir con nuestras obligaciones en forma directa.
Ley penal en sentido formal: Es todo precepto jurídico penal (o sistema político), técnicamente facultado para crearla q…
La acción es la exigencia de una actividad encaminada a incoar el proceso, a pedir la aplicación de la ley penal en el c…
Es Pública: Por cuanto que el Estado, en nombre de la colectividad, protege sus intereses y, con ello, también persigue …