1. Lícitos. Cuando se actúa apegados a la norma sin transgredir la ley.
2. Ilícitos. Estos a su vez son: culposos. Que son las conductas licitas en cuyo descuido o pericia originan una responsabilidad civil.
3. Dolosos. Es la conducta en la que se causa un daño o se transgrede la norma. Ejemplo. Abuso del derecho, que obliga a su titular a indemnizar.
Bienes materiales e inmateriales y deben reunir ciertas características.
Artículos 822 y 835 del código civil señalan que solo podrán ser objeto del contrato de hipoteca los bienes INMUEBLES.
1 Totales. Que resuelven la totalidad de las cuestiones de fondo discutidas. 2 Parciales, resuelven una parte de las cue…
Conductas o manifestaciones de voluntad que producen efectos jurídicos.
Atendiendo al número de personas que concurren al acto y quedan obligadas: Unilaterales: son aquellos en los cuales se m…
Para ser albacea se necesita 1. Haber cumplido dieciocho años de edad, 2. poder legalmente administrar bienes, 3. …
Para optar o para ser nombrado a ser El Registrador General de la Propiedad es necesario que cumpla una serie de requisi…
Todo administrador que por razón de serlo derive alguna utilidad o beneficio personal ajeno a los negocios sociales, deb…
Para ser comerciante necesita la capacidad de ejercicio. La excepción a esta regla es según el art. 7 del código de come…
Si no se indica la cantidad en el aval, se entiende que garantiza el importe total del título. El aval, así como la manc…