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Inscripción De Sociedades Extranjeras

Requisitos:
1.- Formulario de Solicitud
2.- Memorial o escrito explicativo sobre los datos de la sociedad matriz que incluya la nacionalidad o lugar de origen de la sociedad extranjera, así como el capital asignado a sus operaciones en Guatemala.
3.- Se presentan los documentos indicados enel artículo 215 del Código de Comercio. Tales documentos provenientes del extranjero deberán reunir todos los pases de ley, hasta la legalización de firma del cónsul acreditado en el exterior en la embajada de Guatemala por el Departamento de Auténticas del Ministerio de Relaciones Exteriores, para proceder a la protocolización.
4.- Acompañar el mandato otorgado a favor del Abogado guatemalteco, presentado fotocopia legalizada de la escritura de protocolización del Mandato, mismo que debe estar debidamente inscrito en el Registro Electrónico de Poderes del Archivo General de Protocolos y en el Registro Mercantil. Artículo 215 inciso 4° del Código de Comercio.
5.- Comprobante de pago por derecho de inscripción, según arancel del Registro.
Procedimiento y Trámite:
a.- Al entregar los documentos en recepción de documentos del Registro Mercantil, se le adjudica un número de expediente, luego el mismo sufre el procedimiento de calificación de la asesoría jurídica y la sanción del Registrador Mercantil.
b.- Cumplidos los requisitos legales, se ordena la INSCRIPCIÓN PROVISIONAL, el expediente se adjudica al operador que elaborará el edicto correspondiente para que se publique por parte del interesado una vez en el Diario Oficial,
c.- Previamente a su publicación, el Registrador Mercantil fijará una FIANZA a favor de TERCEROS por la cantidad de CINCUENTA MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($US. 50,000.00), equivalentes en quetzales, que debe presentarse al Registro.
d.- El expediente con todos los documentos señalados en el artículo 215 del Código de Comercio, así como la publicación y fianza presentada, el Registrador ordena su Inscripción Definitiva, se razona el o los Testimonios respectivos y se emite la patente correspondiente. Ar
Obsérvese que previo a la inscripción definitiva de la sociedad extranjera en Guatemala, deberá acreditarse la efectividad del capital asignado a sus operaciones en Guatemala. Igualmente debe de tomarse en cuenta que la asignación del capital que haga la Sociedad Matriz para su sucursal en Guatemala, no sebe ser menor de CINCO MIL QUETZALES (Q. 5,000.00).