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Caducidad del derecho en la declaratoria de jactancia

Transcurrido el término fijado por el juez en la sentencia para que el demandado interponga su demanda, sin que se haya justificado haber interpuesto la demanda, el juez, a solicitud de parte, declarará caducado el derecho y mandará expedir certificación al actor. Si se declara caducado el derecho del actor, éste ya no puede volver a discutir el asunto que fue objeto de la jactancia. El principal efecto es la caducidad del derecho del actor, quien no puede volver a hacerlo valer.