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Definición de testamento

El testamento es un acto puramente personal y de carácter revocable, por el cual una persona dispone del todo o de parte de sus bienes, para después de su muerte. Articulo 935.- (Concepto del testamento).

En el derecho Romano Ulpiano definía el testamento así: es la manifestación legítima de nuestra voluntad, hecha solamente para hacerla valida después de nuestra muerte.
El maestro Rafael Regina Villegas define el testamento como: es el acto jurídico personalísimo, solemne, irrevocable y libre por virtud del cual una persona capaz dispones de sus bienes, derechos y obligaciones a titulo universal o particular, instituyendo herederos o legatarios, o declara y cumple deberes para después de su muerte.
·         Acto declarativo ej., unión de hecho tiene efecto retro activo porque ya estuvieron unidos.
·         Acto constitutivo ej., matrimonio porque se declara a partir de una fecha determinada para adelante