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Elementos personales del cheque

1.    Banco. Librado. Su responsabilidad es puramente contractual porque el banco- librado está obligado a obedecer la orden de pago en el cheque. Si por algún motivo el cheque no llegara a pagarse que usualmente ocurre cuando no hay fondos no hay acción directa del tenedor contra el banco. La acción directa seria contra el librador.
2.    Librador. Es la persona que libra o gira un cheque y que debe de poner a disposición del librado fondos suficientes.
3.    Beneficiario. Es la persona a cuyo favor se emite el cheque.