Las reglas formales en el testamento
Solemnidades testamentarias
Con anterioridad hemos definido los Caracteres O Características De Los Testamentos, Y Hemos Indicado Que Uno De Ellos Es El Formalismo Presente En Todos Los Tipos De Testamentos Permitidos Por Nuestro Cc. En este sentido, la forma constituye un presupuesto de validez Ad Solemnitaten como se desprende de que el ART. 955 CC estipula la Nulidad (no nace a la vida jurídica como un matrimonio entre hermanos), de los testamentos por defecto formal.
Articulo 955.- (Testamento en escritura pública).- El testamento común abierto deberá otorgarse en escritura pública, como requisito esencial para su validez.
El Testamento Común Abierto Que No Sea Otorgado En Escritura Pública Es Nulo, No Es Valido
La observancia de la forma en los testamentos, constituye una exigencia que cumple variadas funciones, una de ellas podemos señalar, Es Que Constituye Un Medio De Fijación, lo que reviste de Seguridad Jurídica al hecho del otorgamiento de las disposiciones Mortis Causa.
La seguridad jurídica es un principio universalmente reconocido del Derecho que se entiende como certeza práctica del Derecho, y representa la seguridad de que se conoce o puede conocer lo previsto como prohibido, mandado y permitido por el poder público respecto de uno para con los demás y de los demás para con uno.
Otro producto de la forma, es la función de autenticidad, con la que se dificulta la falsificación del testamento y la posible suplantación de la persona del testador. Finalmente, la forma como ritual, reviste de solemnidad al testamento, provocando un efecto psicológico en el testador destacando la trascendencia y gravedad del hecho de testar, como freno a la ligereza e impremeditación.