El acto procesal en virtud del cual el órgano superior, sin que medie recurso alguno, atrae hacia sí el asunto pendiente de resolución y que debe ser resuelto por el órgano inferior; el superior entra en la esfera de competencia del órgano inferior, se aboca el conocimiento y decisión de una cuestión introduciéndola en su esfera de atribuciones.
Es un acto de procedimiento en el cual el órgano superior atrae la resolución que debe dar el órgano inferior, avocándose al conocimiento y decisión de una cuestión introduciéndola en su esfera de atribuciones.
Artículo 43 Código Civil. Toda persona que tenga derechos qué ejercitar u obligaciones qué cumplir en la república y se …
(Sustitución de una persona en otra en cuyo nombre se actúa). El derecho de representación es básicamente un llamamiento…
Artículo 929. Derecho de representación hereditaria, es el que tienen los descendientes de una persona para heredar en l…
Artículo 930. En la línea colateral398 corresponde la representación solamente a los hijos de los hermanos, quienes here…
Artículo 933. Las disposiciones de este capítulo rigen para la sucesión intestada y testamentaria; pero la representació…
Todo lo que ejecute el mandatario es responsabilidad de ambos. Mandante y mandatario.
Todo lo que ejecute lo realiza el mandatario en nombre propio.
El que por cualquier concepto suscriba un titulo de crédito con nombre de otro, sin facultades legales para hacerlo, se …
1 Elementos Personales. • El autor o derechohabiente de la obra • Persona individual o jurídica: que actúa en la represe…
1 Por cumplimiento de el número de representaciones 2 Cumplimiento del plazo pactado 3 Rescisión del contrato