En qué caso se puede ejercer la acción de revocación por parte de los acreedores de la sociedad anonima

📅 31 de marzo de 2014

Los acreedores podrán ejercer la acción de revocación, en cuanto al acuerdo de la asamblea general que disponga renunciar del ejercicio de la acción de responsabilidad, desistir del juicio respectivo o celebrar transacción con uno o varios administradores. art. 177 código de comercio. art. 178, 179.

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