En caso de ilícita apropiación de un título de crédito se da la acción de reivindicación. La acción de reivindicadora procederá contra el primer adquiriente y contra quienes lo hayan adquirido conociendo o debiendo conocer los vicios de la posesión de quien los transmitió. Mediante la acción reivindicatoria, el propietario que se ha visto desposeído de la cosa pretende que se le reconozca su derecho y se le reintegre en la posesión de la cosa.
Por lo tanto corresponde la acción reivindicatoria al propietario que no posee, contra el poseedor que niega su derecho. De aquí que el ejercicio de la acción requiere un doble requisito de carácter subjetivo: que el actor pruebe ser el propietario y que el demandado posea la cosa. La reivindicación tiene que ser dentro de un juicio de cognición en el que debe probar el derecho a reivindicar; por lo mismo su trámite sería en la vía sumaria. Los títulos al portador no son reivindicables
Los títulos de crédito, comprendidos dentro de lo que la ley denomina cosas mercantiles, tienen la categoría de bienes m…
1. Títulos nominativos. 2. Títulos a la orden 3. Títulos al portador 1. Títulos nominativos. ART 415, 416 CÓDIG…
Definición Legal Son documentos que incorporan un derecho literal y autónomo, cuyo ejercicio o transferencia es imposibl…
1. Nacimiento. Es condición de un nacimiento. 2. Conservación. Para conservación de ese derecho, si ya no tengo el…
Es incorporar un derecho al título de crédito y a través del documento se va a poder cobrar. Incorporación hay 2 formas …
1. Derecho literal. Ya que lo que dice textualmente es lo que se exige y debe de pagarse y surge un principio: ¨lo no…
1. títulos nominados o innominados o típicos y atípicos: los primeros son los que aparecen tipificados en la ley, y l…
1. Tenedor. Tomador, beneficiario, propietario, poseedor. Persona que adquiere el titulo y tiene el derecho sobre el mis…
Creación: El signatario de un título de crédito queda obligado aunque el título haya entrado en circulación contra su vo…
La forma de circulación se divide en: 1. Nominativos: el título se emite a nombre de persona determinada, y el creado…