En relación con la práctica de la prueba son tres los sistemas que se conocen:
1 solo acepta que se practique a instancia de parte,
2 solo de oficio,
3 de oficio y a petición de parte, siendo en este último caso, potestativo del juez practicarlo o no. Esta clase de prueba no puede admitirse en los casos en que se trate de cuestiones de puro derecho.
Pedido el reconocimiento, el juez dispondrá la forma en que debe ser cumplido, señalara tres días de anticipación por lo menos, el día y la hora en que haya de practicarse y procurara en todo caso su eficacia. Art. 172 segundo párrafo CPCYM.
La forma de practicar el reconocimiento debe ser dispuesta por el Juez. Esto tiene singular importancia cuando se refiere a reconocimiento que debe practicarse sobre las personas ya sea en casos de incapacidad, parentescos, enfermedad u otros similares. Art. 173 CPCYM.
Su objeto es dejar constancia de la situación en que se encuentra una cosa, que esté llamada a desaparecer en breve plaz…
Las personas, lugares, cosas que interesen al proceso. Procedimiento probatorio: Ofrecimiento al demandar o al momento d…
Es el medio de prueba por medio del cual el juez obtiene una percepción sensorial directa efectuada por el mismo sobre c…
Es la prueba directa por excelencia. Para Guasp, es una autentica prueba procesal por la función que desempeña y que tie…
Cuando se habla de reconocimiento de un hijo, se entiende que se trata por parte del padre art. 214 código civil. El rec…
1. En la partida de nacimiento por comparecencia ante El registrador civil 2. Por acta especial ante el registrador civi…
1. Le confiere la condición de sujeto de derecho ya que “forma una entidad civil distinta de sus miembros individualm…
A) desde que termine el litigio en que se le nombró; B) desde que se provea de guardador de bienes al ausente; y C) desd…
La tutela judicial procede por nombramiento del juez competente, cuando no haya tutor testamentario ni legítimo. Para es…
Interés de los acreedores. Todo acreedor cuyo crédito no tiene garantía real está interesado en que ingresen nuevos bien…