Clasificación legal de los contratos
1. Contrato unilateral. Si la obligación recae solamente sobre una de las partes contratantes.
2. Contrato bilateral. Si ambas partes se obligan recíprocamente.
3. Contrato consensual. Cuando basta el consentimiento de las partes para que sean perfectos.
4. Contratos reales. Cuando se requiere para su perfección la entrega de la cosa.
5. Contratos principales. Cuando subsisten por si solos.
6. Contratos accesorios. Cuando tienen por objeto el cumplimiento de otra obligación.
7. Contrato oneroso. Aquel en que se estipulan provechos y gravámenes recíprocos.
8. Contrato gratuito. Aquel en que el provecho es solamente de una de las partes.
9. Contrato conmutativo. Cuando las prestaciones que se deben las partes son ciertas desde que se celebra el contrato, de tal suerte que pueden apreciar inmediatamente el beneficio o la perdida que les cause éste.
10. Contrato aleatorio. Cuando la prestación debida depende de un acontecimiento incierto que determina la ganancia o perdida desde el momento en que se realiza.
11. Contratos condicionales. Contratos cuya realización o subsistencia dependen de un suceso incierto o ignorado por las partes.
12. Contratos absolutos. Aquellos cuya realización es independiente de toda condición.
art. 1587 código civil